Un sentencia prohibe temporalmente la patria potestad de un padre, por obstaculizar la relación de los niños con su madre.

Cualquier medida judicial que se adopte debe ir en aras del interés del menor, y cada vez son más las sentencias que indican que los jueces van por este camino.

El juzgado de Instrucción 3 de Ourense ha suspendido provisionalmente la patria potestad de un padre separado respecto de sus hijos, al considerar que desde la separación éste puso todo tipo de obstáculos para que los niños tuvieran relación con su madre, no protegiéndolos del conflicto existente entre ambos progenitores.

En la sentencia se acuerda modificar las medidas de divorcio acordadas al considerar que, desde entonces, se ha producido«una variación sustancial de las circunstancias» que existían cuando se dictó aquella primera resolución en la que se acordaba la custodia compartida entre padre y madre.

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Por |2019-12-27T12:43:12+00:00diciembre 27th, 2019|Uncategorized|Sin comentarios

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